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En Grupo Terrasun, le ayudamos a conseguir la mejor financiación para la compra de su nueva vivienda en España. En el caso de No Residentes en España, normalmente se financia hasta el 70%, llegando en algunos casos hasta un 80% de financiación.

Para facilitar su compra y ofrecerle las mejores condiciones de financiación, trabajamos con las mejores y más solvente entidades bancarias de España, tales como La Caixa, Banco Sabadell, Bankinter, BBVA, Banco Santander o Deutsche Bank.

 

¿Cuáles son los tipos de préstamo hipotecario en España?

En España hay tres tipos principales de préstamos hipotecarios en función del tipo de interés: variables (tipo de interés variable ajustada con el Euribor), fijos (tipo de interés Fijo) y mixtos (una combinación de ambas).

 

En función de las necesidades financieras de cada cliente, localizamos y ofrecemos de forma totalmente gratuita, las soluciones de financiación más ventajosas de cada banco, para la adquisición de su vivienda en España.

 VENTAJAS DE SOLICITAR UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO EN ESPAÑA, PARA UN NO RESIDENTE:

 

  • Bajo tipo de interés (alrededor del 3%)
  • Larga duración del préstamo (hasta 25 años)
  • Financiación hasta el 70% del Precio de la vivienda (pudiendo llegar en algunos casos hasta el 80%).
  • Posibilidad de cancelación anticipada (Parcial o Total)
  • Aprobación del crédito hipotecario en aproximadamente 3 semanas
  • Los compradores extranjeros de bienes inmuebles en España, no necesitan necesariamente un avalista en la hipoteca.

 

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA SOLICITAR EL PRÉSTAMO HIPOTECARIO:

 

  • Pasaporte Internacional
  • I.E.
  • Contrato privado de compra-venta
  • Ingresos de los últimos 2 años *
  • Certificado de empresa empleadora*
  • Historial crediticio *
  • Extracto bancario de los últimos 6 meses *
  • Si Usted es empresario, deberá aportar también documentación de la Empresa *

 

*Los documentos deben estar traducidos al Español. Esto se puede a través de un traductor jurado en España (Grupo Terrasun, le ayuda con esto).

El banco se reserva el derecho de solicitar documentación adicional.

 

GASTOS DERIVADOS DEL PRÉSTAMO HIPOTECARIO:

 

Desde el año 2019, la Ley de Crédito Inmobiliario ha introducido importantes novedades en el reparto de los gastos relativos a la escritura de hipoteca, entre banco (prestamista) y cliente (prestatario). La mayor parte del desembolso ahora debe realizarlo la entidad financiera. 

 El banco paga:

Los gastos de Notaría, Registro, Gestoría y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).

 

El comprador paga:

1.- La tasación de la vivienda. Para la recepción del préstamo hipotecario, es necesario realizar una tasación independiente del inmueble que quiere adquirir. Los datos de la tasación pueden también influir en la cantidad del préstamo concedido por el banco.

2.- Comisión de Apertura (porcentaje que depende de cada entidad financiera que suele variar desde el 1% hasta el 2% del importe del préstamo)

3.- Seguro de hogar o vida. La entidad financiera puede exigir al prestatario que contrate un seguro de hogar y/o un seguro de vida o de protección de pagos.

 

Estamos aquí,  para ayudarle durante todo el proceso de compra/venta de su vivienda en España

 

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